Este lunes 5 de abril se celebró la primera Asamblea Extraordinaria de la Cooperativa La Cruz Azul en mucho tiempo. La emergencia sanitaria por covid-19 y las medidas tomadas por el Gobierno de México impidieron que la Cooperativa y sus socios pudieran convocar a una reunión cuando comenzaron las polémicas en la directiva.

Y referente a este tema, este lunes, los socios de Cruz Azul en su mayoría determinaron la suspensión de la familia Álvarez de la cementera, tras las denuncias en su contra por desvíos y lavado de dinero de la empresa cuando la regentaban. La participación de Guillermo Álvarez, y la de su hijo Robin, quedaron en pausa hasta que se resuelva su exclusión.

Sobre el final de la Asamblea General, en la que se determinó elegir a un nuevo Consejo de Administración y Vigilancia, también se decidió iniciar un procedimiento administrativo en contra de Billy Álvarez y sus cercanos en la Cooperativa La Cruz Azul.

Fuentes comentaron a ESPN que cerca del 70% de los cooperativistas participaron y una gran mayoría estuvo de acuerdo con suspender al Director General y a varios de sus colaboradores, buscados en la actualidad por la Fiscalía General de la República. Tienen plazo hasta la próxima asamblea para presentar pruebas que eviten su explusión definitiva.

Pero ellos no son los únicos. Cerca de 24 socios de la cooperativa iniciaron un proceso para ser excluidos de la cementera. Ramsés Dolores, Hilario González, Raymundo, Ignacio Magos, Gloria Magos, Pablo Barrera, Sergio Gutiérrez, Jorge Fernández, Noé Calvo, Tomás Rivera, Manuel Sutro. Germán Diaz, Josafat Morales, Ángel Jiménez, Miguel Ángel Trejo, Juan Antonio Hernández Barrera, Domingo Hernández Barrera, Vicente Reyes Lugo, Baltazar Avendaño, José Luis Soberanes, Juan José Godoy, Martha Lugo, Rafael Cruz Muciño y Víctor Luna.

En tanto, en Mediotiempo revelaron que la Asamblea Extraordinaria de La Cruz Azul se llevó a cabo bajo el marco legal que exigen las autoridades federales, ya que reunieron las firmas de al menos el 50% de los cooperativistas, según exige el artículo 16 de la Ley General de Sociedades Cooperativas.